ESPANOL: Subscriber Organizational Code of Conduct
Código de Conducta de la Organización de Suscriptores
PROGRAMA DE HUERTOS SOLARES COMUNITARIOS ACCESIBLES PARA INGRESOS BAJOS Y MODERADOS
SunShare y sus agentes cumplen con el siguiente Código de Conducta.
Obligación de Cumplir con la Ley
a. Los desarrolladores y propietarios de un huerto solar comunitario (“Organizaciones de Suscriptores”) y sus Agentes deberán actuar en todo momento en cumplimiento total con todas las leyes y regulaciones federales, estatales y municipales aplicables.
Obligación de Asegurar el Cumplimiento
a. Las Organizaciones de Suscriptores deberán tomar todas las medidas razonables para asegurar que la organización y sus afiliados, socios, contratistas, proveedores de servicios y todos los demás representantes de sus huertos solares comunitarios en Minnesota (“Organizaciones de Suscriptores y sus Agentes”) sigan las reglas del Programa de Huertos Solares Comunitarios Accesibles para Ingresos Bajos y Moderados (“Programa LMI”) en todos los aspectos de la gestión de un proyecto.
b. Las Organizaciones de Suscriptores y sus Agentes deberán asegurar que su personal, así como el personal de sus Agentes, cumpla con los mismos estándares requeridos de la Organización de Suscriptores según este Código.
c. Si una Organización de Suscriptores utiliza Agentes para realizar actividades cubiertas por este Código, la Organización es responsable de asegurar que dichos Agentes cumplan con el Código.
d. Cualquier acción u omisión de un representante que actúe en nombre de la Organización de Suscriptores o de sus Agentes se considerará como acción u omisión de la Organización de Suscriptores.
e. Las Organizaciones de Suscriptores y sus Agentes deberán proporcionar una copia de este Código a todos los empleados y representantes que tengan contacto con clientes y participen en el Programa LMI como parte de su trabajo o responsabilidades. Las Organizaciones de Suscriptores deben documentar la entrega de este Código a todos los Agentes y poder proporcionarlo cuando lo solicite el Administrador del Programa del Departamento de Comercio de Minnesota.
f. Una Organización de Suscriptores debe notificar por escrito al Administrador del Programa dentro de 30 días si su proyecto ha comenzado operaciones comerciales y no cumple con ciertas secciones legales aplicables.
g. Si el proyecto no cumple dentro de 12 meses, será eliminado del Programa LMI y dejará de considerarse un huerto solar comunitario.
Publicidad, Marketing y Actividades de Venta
a. Las Organizaciones de Suscriptores y sus Agentes deberán cumplir con todas las leyes federales, estatales y municipales aplicables relacionadas con restricciones de marketing, publicidad y contacto con clientes.
b. Las Organizaciones de Suscriptores y sus Agentes deberán incluir el siguiente aviso aprobado por el Programa en todos los materiales de ventas, publicidad y marketing:
“Esta organización opera bajo el Programa de Huertos Solares Comunitarios Accesibles para Ingresos Bajos y Moderados, una iniciativa estatal supervisada por el Departamento de Comercio de Minnesota. El Programa proporciona recursos y supervisión a las Organizaciones de Suscriptores, pero no promueve ningún huerto solar comunitario ni Organización de Suscriptores en particular.
Para más información sobre el Programa LMI, comuníquese con el Departamento de Comercio de Minnesota al 651-539-1886 o CommunitySolar@state.mn.us, o visite el sitio web oficial. Los clientes que califican por ingresos pueden ser elegibles para ahorros adicionales.”
c. Se debe obtener el consentimiento del cliente antes de acceder a cualquier información de servicios públicos en su nombre.
d. Los suscriptores no pueden ser inscritos en el programa sin su consentimiento previo y voluntario.
e. No se permite hacer marketing puerta a puerta en nombre de las Organizaciones de Suscriptores a menos que se haya obtenido el permiso o licencia local correspondiente y que el personal haya sido capacitado adecuadamente.
f. No se permite el uso de prácticas de marketing injustas, falsas, engañosas o confusas.
g. Todas las afirmaciones deben estar respaldadas por evidencia objetiva.
h. No se puede describir una suscripción como “gratis” a menos que el cliente no tenga que pagar nada.
i. Los precios deben ser precisos y completos, incluyendo todos los productos o servicios ofrecidos, con términos de pago claramente establecidos.
j. Si se utilizan proyecciones de precios futuros para estimar ahorros, se debe informar a los clientes que las tarifas pueden subir o bajar y que los ahorros no están garantizados.
k. Las comparaciones entre productos o servicios no deben ser engañosas y deben incluir todos los hechos relevantes.
l. Si los precios incluyen promociones o cambios futuros, estos deben divulgarse claramente.
m. Si se ofrece financiamiento, se deben divulgar claramente los términos del crédito.
n. No se pueden hacer promesas que excedan lo establecido en los contratos.
o. Se deben cumplir todas las leyes aplicables relacionadas con el contacto con clientes, incluyendo Do Not Call, CAN-SPAM, y otras.
Trato Justo, Honesto y Cortés a los Clientes
a. Al interactuar con un cliente (incluyendo prospectos, clientes actuales y anteriores), las Organizaciones de Suscriptores y sus Agentes deberán:
• Actuar con cortesía, honestidad, integridad, objetividad y justicia.
• Proporcionar su nombre e información de contacto, y si son Agentes, también la información de la Organización de Suscriptores.
• Proporcionar medios para que el cliente pueda verificar el estatus de la Organización.
• Responder de manera oportuna, inmediata y veraz a las consultas del cliente.
• Si interactúan en persona fuera del lugar de negocio, proporcionar identificación verificable.
• Explicar claramente el Programa LMI y brindar información honesta.
• No ejercer presión indebida sobre el cliente.
• Permitir tiempo suficiente para leer y entender la información.
• Si la información no está en un idioma comprensible, permitir que el cliente busque apoyo de traducción.
• No ofrecer materiales promocionales inconsistentes con el contrato.
• No representar afiliaciones o aprobaciones que no existen.
• No hacer declaraciones falsas o engañosas.
• No discriminar por ninguna razón protegida.
b. No se permite acosar, amenazar o presionar a los clientes.
c. No se deben utilizar técnicas de venta de alta presión.
d. Se debe proporcionar información clara y precisa sobre el huerto solar comunitario, incluyendo tarifas, términos del contrato y derechos de cancelación.
e. Se debe actuar con transparencia y no aprovecharse de la falta de conocimiento del cliente.
f. No se debe tergiversar el motivo del contacto.
g. No se debe omitir información importante.
h. No se debe revisar el historial crediticio de clientes residenciales.
i. Se debe informar que los certificados de energía renovable no pertenecen al suscriptor.
j. Se debe informar sobre el proceso de quejas.
k. Se debe informar sobre la posibilidad de mayores ahorros para clientes elegibles LMI.
l. Se debe proporcionar una copia de este Código si el cliente lo solicita.
m. Las Organizaciones son responsables de que sus Agentes se identifiquen correctamente.
n. Se debe informar sobre opciones de facturación cuando estén disponibles.
Contratos con Clientes
a. Las Organizaciones de Suscriptores deberán incluir en todos los contratos ciertas disposiciones destinadas a proteger a los consumidores.
b. Los contratos deben usar un formato de divulgación estándar aprobado por el Programa.
c. El formulario de divulgación debe presentarse antes de que el cliente firme.
d. Los términos escritos y las representaciones verbales no deben entrar en conflicto.
e. Se debe considerar la capacidad del cliente para entender el contrato.
f. Los contratos y materiales deben estar en un idioma comprensible.
g. Se deben mantener registros actualizados para facturación correcta.
h. No se pueden imponer requisitos discriminatorios.
i. Se deben hacer esfuerzos de buena fe para atender a clientes que no hablan inglés.
j. Los suscriptores tienen derecho a cancelar dentro de cinco días hábiles y recibir un reembolso completo.
Protección y Seguridad de la Información del Cliente
a. Las Organizaciones y sus Agentes deben proteger la información del cliente y mantener su confidencialidad, evitando divulgaciones no autorizadas.
b. Deben ofrecer al menos dos métodos para que los clientes puedan optar por no compartir su información.
c. Deben implementar medidas de seguridad adecuadas para proteger la información.
d. Deben notificar cualquier violación de datos dentro de 24 horas.
e. Deben cooperar con las autoridades en caso de incidentes.
Protecciones Adicionales para Suscriptores
a. No se pueden cobrar tarifas de cancelación a suscriptores residenciales.
b. Las suscripciones son transferibles dentro del territorio de servicio.
c. El costo de la suscripción no puede exceder el valor del crédito en la factura.
d. Para suscriptores LMI, el costo no puede exceder el 90% del crédito y no incluye tarifas iniciales.
Reportes
a. Un año después de que el proyecto comience operaciones y cada año posteriormente, se debe publicar un reporte firmado que incluya:
i. Energía producida
ii. Estados financieros
iii. Información de propiedad y gestión
iv. Otra información requerida
b. También se debe reportar la capacidad asignada a diferentes tipos de suscriptores.
c. Los suscriptores deben tener la oportunidad de comentar sobre la precisión de los reportes.